Editorial: Castigo colectivo: crimen de guerra

El Castigo Colectivo: Un Crimen de Guerra que Desafía el Derecho Internacional

La ONU ha calificado como grave violación del derecho internacional la orden ejecutiva del expresidente Donald Trump que impuso un bloqueo de combustible a Cuba. Este decreto, carente de autorización del Consejo de Seguridad de la ONU, no solo amenaza un orden internacional democrático, sino que también se convierte en un acto unilateral que carece de fundamento en la seguridad colectiva. Las alegaciones de Estados Unidos sobre una supuesta amenaza a su seguridad nacional y vínculos de Cuba con el terrorismo son consideradas por expertos como carentes de credibilidad, diseñadas únicamente para justificar un bloqueo injustificable.

Este enfoque de estrangulamiento energético, que ha perdurado durante casi siete décadas, se aplica también a las sanciones a Venezuela iniciadas por el ex presidente Barack Obama. Las consecuencias de estas políticas son devastadoras, ya que han causado la muerte de civiles inocentes, un hecho reconocido por la Casa Blanca. La historia nos recuerda las palabras de Madeleine Albright, quien justificó la muerte de medio millón de niños en Irak como un precio que valía la pena pagar. Este castigo colectivo, como lo define el derecho internacional, es un crimen de guerra, prohibido por el Cuarto Convenio de Ginebra, que resalta la necesidad de proteger a las personas civiles en tiempos de conflicto. En este contexto, es crucial destacar la solidaridad de México y otros movimientos sociales que han llevado ayuda humanitaria a Cuba, mostrando que la lucha por la justicia y los derechos humanos sigue viva, incluso frente a la opresión.